Qué hacer cuando muere tu mascota en Fuenlabrada
Si tu mascota ha fallecido en Fuenlabrada, en casa o en la clínica veterinaria, estos son los pasos para despedirla con calma. Tú solo tienes que llamarnos: nosotros nos encargamos de todo.
- Llámanos al 919931227. Te atendemos a cualquier hora y te escuchamos sin prisas.
- Te informamos de todo, sin compromiso. Te explicamos la incineración individual, en la que te devolvemos sus cenizas en una urna, y la colectiva, y te damos el precio exacto según su peso.
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- Mientras tanto, cuida su cuerpo. Túmbalo de lado sobre una manta o una toalla, en la habitación más fresca de la casa y lejos del sol. Te lo explicamos en qué hacer cuando muere tu perro o gato en casa.
- Recogemos a tu mascota en tu casa o en la clínica veterinaria, lo antes posible, y la trasladamos al crematorio con todo el cuidado.
- Nos encargamos de la incineración que hayas elegido y te damos el certificado. Si es individual, te llevamos sus cenizas a casa en una urna.
- Da de baja su microchip con el certificado de incineración. Más abajo te explicamos cómo hacerlo en tu comunidad.
Qué dice la ordenanza de Fuenlabrada
La ordenanza prohíbe abandonar animales muertos y obliga a notificar la muerte de tu mascota para darla de baja en el censo municipal. Si aparece un animal muerto en un espacio público, hay que avisar primero a la Policía Local.
Otra opción: el servicio público de recogida
Si no puedes asumir el coste de un servicio privado, estás en una situación vulnerable o simplemente no te interesa, también puedes recurrir al servicio público. La ordenanza municipal para la protección y control de los animales domésticos obliga a comunicar la muerte de un animal a los servicios municipales de salud, que se encargan de su recogida, transporte y eliminación. Para solicitarlo o informarte, llama al 916497000.
Ten en cuenta que es un servicio de retirada, no de despedida. La ley de residuos considera a los animales domésticos muertos «residuos domésticos», así que no hay incineración individual, ni urna, ni ninguna personalización, y el cuerpo se trata como un residuo más.
Fuentes: Ordenanza para la protección y control de los animales domésticos de Fuenlabrada (BOCM nº 106, 1999) · Ayuntamiento de Fuenlabrada: Centro de Protección Animal · Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, art. 2.
Revisado el 23 de septiembre de 2026.
Normas y trámites en la Comunidad de Madrid cuando muere una mascota
En la Comunidad de Madrid se aplican la ley estatal de bienestar animal, la Ley 7/2023, y la ley autonómica de protección de los animales de compañía, la Ley 4/2016, que se reformó en diciembre de 2024 para alinearla con la estatal.
Dar de baja a tu mascota en el RIAC
El RIAC es el registro de identificación de animales de compañía de la Comunidad de Madrid y lo gestiona el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid. Cuando muere tu mascota hay que comunicar su baja. Puedes hacerlo en tu centro veterinario, indicando la causa de la muerte, o desde el área de tutores del RIAC, entrando con tu DNI y un código que recibes por SMS o email, o con certificado digital. El trámite no tiene tasas.
La ley pide que la baja vaya acompañada del justificante de la empresa autorizada que incineró o enterró el cuerpo, con el número de identificación del animal y el nombre de su responsable. Por eso conviene que el servicio que elijas te entregue ese documento.
La eutanasia
La ley prohíbe el sacrificio y solo lo admite en casos excepcionales de seguridad o salud pública. La eutanasia solo se permite para evitar a la mascota un sufrimiento que no se puede aliviar. Lo certifica un veterinario colegiado y lo practica personal veterinario, con métodos que no causen dolor. Las clínicas no pueden aplicarla por motivos económicos, por vejez o por una enfermedad que tiene tratamiento.
Qué se puede hacer con el cuerpo
La normativa europea clasifica los animales de compañía muertos como subproductos animales de la categoría de mayor riesgo, y solo se pueden eliminar por vías autorizadas. La Comunidad de Madrid recuerda que está prohibido abandonar el cuerpo, enterrarlo o incinerarlo fuera de los lugares establecidos para ello.
Si tu mascota muere en la clínica, el centro veterinario no está obligado a hacerse cargo del cuerpo, aunque puede gestionar la incineración y cobrarla. Si muere en casa, puedes acudir a tu veterinario, a un crematorio autorizado o, si tu ayuntamiento lo presta, al servicio municipal de recogida. Los crematorios de mascotas necesitan autorización e inscripción de la Comunidad de Madrid.
Fuentes: RIAC, Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid · Comunidad de Madrid: identificación de animales de compañía (RIAC) · Comunidad de Madrid: centros veterinarios, deberes ante el animal y su propietario · Ley 4/2016, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid · Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales · Reglamento (CE) 1069/2009, de subproductos animales.
Revisado el 23 de septiembre de 2026.